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Tribunales de Instancia: claves de la guía de buenas prácticas 2026

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La implantación de los Tribunales de Instancia representa una de las principales transformaciones de la organización judicial española de las últimas décadas. La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, introduce un nuevo modelo que va más allá de un cambio de denominación de los órganos judiciales.

Tras un año y medio desde la entrada en vigor de la Ley y con la tercera fase de implantación ya en funcionamiento, el Consejo General del Poder Judicial ha publicado una Guía de Buenas Prácticas para la Organización de los Tribunales de Instancia, elaborada a partir de la experiencia acumulada, especialmente, en La Rioja, Región de Murcia y Extremadura.

La guía tiene un enfoque eminentemente práctico: identifica criterios, recomendaciones, herramientas de planificación y experiencias que pueden facilitar el funcionamiento cotidiano del nuevo modelo. Para abogados y procuradores, resulta especialmente relevante porque aborda cuestiones que afectan directamente a la relación con los órganos judiciales, como la atención a profesionales, la localización y seguimiento de procedimientos, los canales de comunicación, los señalamientos y la digitalización.

¿Qué son los Tribunales de Instancia y qué cambia con la Ley Orgánica 1/2025?

Los Tribunales de Instancia forman parte del nuevo modelo organizativo de la Justicia impulsado por la Ley Orgánica 1/2025. La reforma sustituye progresivamente la estructura tradicional vinculada a juzgados individuales por una organización integrada, con Tribunales de Instancia estructurados en secciones y apoyados por una Oficina Judicial adaptada al nuevo sistema.

El objetivo organizativo es favorecer una gestión más coordinada, flexible y eficiente. Esto implica avanzar hacia criterios comunes de funcionamiento, una mejor distribución de cargas de trabajo, equipos especializados, mecanismos estables de coordinación y un mayor apoyo de las herramientas digitales.

La Guía de Buenas Prácticas del CGPJ no pretende interpretar la Ley Orgánica 1/2025 ni sustituir el marco jurídico vigente. Su objeto es estrictamente organizativo: trasladar el nuevo modelo legal al funcionamiento cotidiano de los órganos judiciales mediante recomendaciones y herramientas prácticas.

Una guía orientada al funcionamiento práctico de los Tribunales de Instancia

La guía se dirige principalmente a las Presidencias de los Tribunales de Instancia y de sus Secciones, a los Letrados de la Administración de Justicia, a los equipos de implantación y, en general, a los profesionales que participan en la organización del servicio público de Justicia.

Su estructura permite utilizarla tanto como documento de referencia general como para consultar cuestiones concretas. Cada ámbito incorpora buenas prácticas, propuestas de aplicación, indicadores de seguimiento, listas de comprobación y experiencias extraídas de los modelos implantados en La Rioja, Región de Murcia y Extremadura.

Entre las principales áreas abordadas se encuentran:

  • Atención a la ciudadanía y a los profesionales.
  • Organización y especialización de equipos.
  • Protocolos de coordinación y manuales organizativos.
  • Gestión de señalamientos y agendas electrónicas.
  • Expediente judicial electrónico y transformación digital.
  • Organización de espacios judiciales.
  • Formación, liderazgo y gestión del cambio.
  • Evaluación, seguimiento y mejora continua.

Además, incorpora instrumentos prácticos como listas de comprobación, matrices de responsabilidades y riesgos, cronogramas de implantación, cuadros de mando e indicadores de calidad.

Descargar Guía de Buenas Prácticas para la Organización de los Tribunales de Instancia del Consejo General del Poder Judicial.

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¿Cómo afecta la nueva organización a abogados y procuradores?

La reorganización interna de los tribunales repercute directamente en la relación de abogados, procuradores y otros profesionales con los órganos judiciales. La guía considera estratégica la calidad de la atención y recomienda diferenciar los canales destinados a ciudadanía y profesionales.

Para los profesionales jurídicos se plantean, entre otras medidas, correos electrónicos específicos, ventanillas especializadas, atención telefónica diferenciada y canales digitales preferentes. El objetivo es reducir derivaciones innecesarias, mejorar los tiempos de respuesta y facilitar el acceso a la información necesaria para el seguimiento de los asuntos.

La experiencia recogida en La Rioja resulta especialmente significativa. La guía señala que abogados, procuradores y graduados sociales han trasladado quejas por falta de información, problemas para localizar las causas y dificultades crecientes de comunicación con funcionarios y Letrados de la Administración de Justicia.

Como respuesta, se han planteado medidas como reforzar el servicio de atención, permitir un acceso más amplio a los expedientes en modo consulta por parte del personal de atención y habilitar ventanillas diferenciadas para profesionales y ciudadanía.

En este contexto, el papel del procurador mantiene una especial relevancia. Contar con servicios de procuraduría para profesionales facilita el contacto habitual con los órganos judiciales, el conocimiento de su funcionamiento y el seguimiento cotidiano de los procedimientos, permitiendo detectar incidencias, localizar actuaciones y mantener informado al abogado y al cliente sobre la evolución procesal.

Protocolos, señalamientos y gestión de los procedimientos

La coordinación es uno de los ejes del nuevo modelo. La guía recomienda que los Tribunales de Instancia dispongan de instrumentos generales de coordinación, manuales organizativos y sistemas estables de comunicación interna.

También dedica especial atención a la gestión de los señalamientos. Entre las buenas prácticas se encuentran la homogeneización de criterios, la implantación de agendas electrónicas integradas y la creación de mecanismos que permitan coordinar de forma más eficiente las actuaciones de los distintos equipos.

La experiencia de las primeras implantaciones muestra, además, que los protocolos y manuales no deben entenderse como documentos cerrados. Deben revisarse y adaptarse a las incidencias y necesidades que aparezcan durante el funcionamiento real del Tribunal de Instancia.

Para abogados y procuradores, esta evolución hace especialmente importante conocer los canales, criterios organizativos y procedimientos de comunicación que se establezcan en cada órgano judicial.

Digitalización y gestión de procedimientos en los Tribunales de Instancia

Digitalización de los Tribunales de Instancia

La transformación digital constituye otro de los pilares de la guía. El nuevo modelo organizativo necesita sistemas tecnológicos que permitan trabajar de forma coordinada y hacer trazables las actuaciones.

Entre las buenas prácticas propuestas se encuentran la plena implantación del expediente judicial electrónico, la planificación tecnológica previa, la gestión estructurada de incidencias TIC, los repositorios corporativos de conocimiento, las agendas electrónicas integradas y los cuadros de mando para la gestión.

La guía contempla asimismo la automatización de tareas repetitivas y de bajo valor añadido y la incorporación progresiva de herramientas de analítica avanzada e inteligencia artificial, siempre dentro de un modelo que garantice la seguridad de la información y la protección de datos.

Para los profesionales, la digitalización puede agilizar el acceso y seguimiento de los procedimientos, pero también exige una correcta adaptación de los canales de comunicación y de las herramientas utilizadas por cada Administración de Justicia.

La aplicación práctica puede variar entre Tribunales de Instancia

La Ley Orgánica 1/2025 establece el marco general, pero la implantación práctica del nuevo modelo requiere coordinación, planificación y adaptación a las características de cada territorio y de cada Tribunal de Instancia.

Precisamente por ello, la guía toma como referencia experiencias concretas de La Rioja, Región de Murcia y Extremadura. Las lecciones aprendidas muestran la importancia de disponer de protocolos homogéneos, responsables identificados, canales estables de comunicación y sistemas permanentes de seguimiento.

La propia guía se concibe como una herramienta abierta y susceptible de actualización conforme evolucione el modelo y se acumule experiencia. Para los profesionales del Derecho, esto significa que el conocimiento de la práctica de cada órgano judicial continúa siendo un factor relevante para el adecuado seguimiento de los procedimientos.

En Sales Comas Procuradores contamos con una amplia cobertura territorial y realizamos el seguimiento de procedimientos y de la operativa judicial a través de nuestros equipos de procuradores en Barcelona y procuradores en Madrid, así como desde nuestras oficinas de procuradores en Girona y procuradores en Menorca. Esta presencia nos permite mantener una atención directa a los profesionales con los que colaboramos y un conocimiento cercano del funcionamiento de los órganos judiciales en cada territorio.

Principales claves de la guía para abogados y procuradores

La Guía de Buenas Prácticas 2026 identifica diferentes ámbitos de actuación que afectan al funcionamiento de los Tribunales de Instancia y a su relación con los profesionales del Derecho.

Estas son las principales claves:

Ámbito
Implicación práctica
Atención a profesionales Canales diferenciados, ventanillas especializadas y vías de comunicación específicas.
Localización y seguimiento Necesidad de facilitar el acceso a información y reducir las dificultades para localizar procedimientos.
Coordinación Protocolos homogéneos, responsables funcionales y canales estables para gestionar incidencias.
Señalamientos Criterios coordinados y agendas electrónicas integradas.
Digitalización Expediente judicial electrónico, gestión de incidencias TIC y mayor trazabilidad.
Evaluación Indicadores, seguimiento de incidencias y participación de usuarios y profesionales en la mejora del sistema.

Este cuadro resume los aspectos de la guía con una incidencia más directa en la práctica profesional y facilita una lectura rápida del contenido, también útil para buscadores y sistemas de respuesta basados en IA.

Tribunales de Instancia y Ley Orgánica 1/2025: preguntas frecuentes

Son la nueva estructura organizativa prevista por la Ley Orgánica 1/2025 para avanzar desde un modelo basado en juzgados individuales hacia una organización judicial más integrada, coordinada y flexible.

La transformación se enmarca en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

La Guía de Buenas Prácticas del CGPJ sitúa la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025 el 3 de abril de 2025.

El nuevo modelo se articula mediante Tribunales de Instancia estructurados en secciones y apoyados por una organización judicial orientada a la coordinación, la especialización, la distribución eficiente de cargas de trabajo y la digitalización.

El cambio organizativo afecta especialmente a los canales de relación con los órganos judiciales, la localización y seguimiento de los procedimientos, la gestión de señalamientos y el uso de herramientas digitales. La guía recomienda establecer canales específicos de atención para profesionales.

Puede consultarse en la web oficial del Consejo General del Poder Judicial, dentro del espacio dedicado a la Ley Orgánica 1/2025 y sus guías y protocolos.

Seguimiento procesal y conocimiento de la práctica judicial

La implantación de los Tribunales de Instancia continuará evolucionando a medida que se consoliden los nuevos modelos organizativos y se incorporen las experiencias de los distintos territorios.
Para abogados, empresas y otros profesionales, contar con un procurador que conozca la operativa de los órganos judiciales y mantenga un seguimiento directo de los procedimientos puede facilitar la gestión diaria y la detección temprana de incidencias.
En Sales Comas Procuradores ofrecemos representación procesal y seguimiento de procedimientos, con atención directa y coordinación permanente con los profesionales con los que colaboramos.

Puedes llamarnos al 619 911 553 o escribirnos por WhatsApp y te orientaremos sin compromiso.

 

karina Sales Comas-procuradora
  • – Procuradora desde 1994.
  • – Procuradora del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona colegiada nº 496 (ICPB).
  • – Mediadora inscrita en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia.
  • – Forma parte de la Union Internationale des huissiers de justice (UIHJ).
  • – Es licenciada en derecho por la Universidad de Barcelona y máster en asesoría fiscal por la Fundación Universitaria San Pablo.
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